Oposiciones Policía Nacional. Listas de admitidos y excluidos. Calendario de la primera prueba



Resolución de 15 de enero de 2015, de la Dirección General de la Policía, por la que se publica la lista definitiva de admitidos y excluidos a la oposición de ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía y se fija el calendario de realización de la primera prueba.

 En virtud de lo dispuesto en la base 4.3 de la Resolución de 24 de junio de 2014, de la Dirección General de la Policía (BOE núm. 219, de 9 de septiembre), por la que se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en dicho Cuerpo, aprobado por Real Decreto 614/95, de 21 de abril, se dispone lo siguiente:

Primero. Lista definitiva de admitidos. Aprobar y hacer pública la lista definitiva de admitidos a la oposición, con indicación, para cada aspirante, del número de opositor, del ejercicio voluntario de idioma y de la ciudad sede de examen para cada prueba. Dicho listado se halla expuesto al público en el Centro de Información Administrativa, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, calle María de Molina, número 50, teléfono 060; en la Subdirección General de Ayudas a Víctimas del Terrorismo y de Atención Ciudadana, del Ministerio del Interior (calle Amador de los Ríos, núm. 8, de Madrid; teléfono 902 15 00 02) y en la página web http://www.policia.es

Segundo. Excluidos y causas de exclusión. Aprobar y hacer pública en anexo I a la presente Resolución, y en los organismos y dependencias a que se refiere el número anterior, la lista definitiva de excluidos, con indicación, de la causa o causas de exclusión, una vez estudiadas y resueltas las reclamaciones presentadas por los interesados contra la lista provisional. Las causas de exclusión se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta firma en la instancia.
 (B) Falta requisito de edad.
(C) Instancia fuera de plazo.
 (D) Falta requisito de titulación.
 (E) Falta permiso de conducir B o B-1.
 (F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen, haberlo efectuado fuera de plazo o incompleto.
 (G) Instancia mal cumplimentada.
 (H) Falta requisito nacionalidad española.
(I) No haber remitido el certificado del INEM o en el remitido no acredita fecha de inscripción como demandante de empleo durante el plazo, al menos, de un mes o no acredita no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor.

Tercero. En dichas listas aparecen señalados con (1) los aspirantes a las plazas reservadas a los militares profesionales de tropa y marinería.

Cuarto. Convocatoria a pruebas. Se convoca a los señores opositores a la realización de la primera prueba, en las fechas, horas y lugares que se indican en el anexo II a la presente. Para conocer individualmente cada opositor la fecha, hora y lugar de su examen, deberán consultar la página web http://www.policia.es, con su documento nacional de identidad y su fecha de nacimiento. Serán anuladas las actuaciones de los opositores que se examinen en sede, hora o lugar distintos de los asignados al efecto en lista definitiva.

Quinto. Información. Cualquier información relativa al contenido de la presente Resolución en cuanto a la lista de admitidos y excluidos o a la corrección de simples errores materiales, podrá interesarse de la Oficina de Información y Atención al Ciudadano, de la División de Formación y Perfeccionamiento, teléfonos de Madrid 91 322 75 97 y 913 22 75 98.

Sexto. Recursos. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el artículo 116 y concordantes de aquella Ley o contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Accede al listado

Madrid, 15 de enero de 2015.–El Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.


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