Nuevas Consejerías de la Junta de Extremadura
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
DECRETO del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 26.3 b) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura y 13 d) y 55.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
DECRETO del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 26.3 b) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura y 13 d) y 55.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
DISPONGO:
Artículo primero. Denominación y número de las Consejerías.
La denominación y número de las Consejerías de la Junta de Extremadura queda configurada
como a continuación se relaciona:- Consejería de Hacienda y Administración Pública.
- Consejería de Economía e Infraestructuras.
- Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
- Consejería de Educación y Empleo.
- Consejería de Sanidad y Políticas Sociales.
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